LEY DE BIENESTAR ANIMAL 2023: NUEVAS RESPONSABILIDADES PARA LOS DUEÑOS DE MASCOTAS

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Si eres dueño de una mascota, atiende a los puntos clave de esta nueva normativa y cómo debes proceder en caso de tener uno de los animales prohibidos dentro de la ley.

¿CUÁL ES LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA NUEVA LEY DE BIENESTAR ANIMAL?

Esta norma legislativa aún no ha sido publicada en el BOE debido a diversas desavenencias en cuanto a algunos puntos. 

La ley como tal está aprobada en el Consejo de Ministros, pero se ha presentado una enmienda para que quedaran excluidos los animales de caza, rehalas y animales de producción (perros, aves de cetrería, toros, etc.). Si saliese adelante, esta ley afectaría solo a los animales domésticos de ámbito urbano, dejando aparte el ámbito ganadero y de caza dado que ya tienen su propio reglamento aparte. 

Aún habrá que esperar a que quede aceptada y publicada en el BOE, pero ya podemos ir anticipando ciertos aspectos clave que tendremos que tener en cuenta de cara a nuestras mascotas.

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¿QUÉ RESPONSABILIDADES NUEVAS ADQUIRIRÁS COMO DUEÑO DE UNA MASCOTA?

Si eres propietario de un peludo u otro animal, te mostramos las nuevas obligaciones que vas a adquirir:

  • A partir de ahora, tu mascota forma parte de tu núcleo familiar de forma oficial, con lo que debe convivir contigo y mostrar un aseo e higiene adecuados. Contarán además con un documento identificativo propio.
  • Si por razones de tamaño o cualesquiera no puede convivir contigo, deberás habilitarle un lugar donde vivir que sea adecuado a él en cuanto a dimensiones, protección contra el clima y, por encima de todo, que esté comunicado con otras personas u animales. 
  • Ante cualquier indicio de que tu peludo pueda tener un contacto no controlado con otros animales, deberás esterilizarlo. Esto se debe a que esta nueva ley va a perseguir muy insistentemente la cría incontrolada o el abandono por camadas que no se puedan mantener. Igualmente, si conviven dos animales domésticos bajo el mismo núcleo familiar siendo de sexo distinto, al menos uno de de los dos debe estar esterilizado. En el caso de que seas un criador, deberás estar inscrito en el Registro Nacional de Criadores.
  • Bajo ningún concepto dejes a tu mascota sola dentro de un vehículo cerrado. Ya lo comentamos en su momento cuando hablamos de las normas DGT para mascotas, pero insistimos: su vida corre peligro, de la misma manera que si estuviese expuesto a condiciones meteorológicas adversas. 
  • No puedes llevar a tu mascota suelta sin correa y sin control en espacios públicos. 
  • Lleva al día la cartilla de vacunas designadas como obligatorias por la Administración pública.
  • Si te separas de tu pareja, la custodia de la mascota será decidida por un juez, una de las consecuencias de ser considerada parte del núcleo familiar.
  • Se acaba la designación de perros “potencialmente peligrosos” y se ha designado un listado con animales prohibidos, que mencionaremos después.
  • Como dueño de un perro, deberás superar un curso de formación. Esto te servirá para acreditar que eres una persona apta para tener una mascota. De esta manera, ya no será algo característico solamente de razas de perros peligrosos, sino que será común a todos aquellos propietarios de los mismos. 
  • Existirá un test o prueba de sociabilidad para los perros, de tal manera que se evaluará cuán sociable es tu mascota y su aptitud para convivir.
  • Deberás tener un seguro de responsabilidad civil para asegurar la cobertura en caso de daños a terceros.
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¿CUÁLES SON LOS ANIMALES PROHIBIDOS DENTRO DE LA LEY DEL BIENESTAR ANIMAL?

Más arriba te hemos mencionado que ya no existirá la denominación de razas de perros peligrosas, pero sí que la ley contempla aquellos animales que, bien por ser exóticos o por su potencial destructivo ante otras especies, está prohibida su tenencia. 

Los animales prohibidos listados en la Ley del Bienestar Animal son:

  1. Aves: cotorras, agapornis, periquitos y especies de otros países.
  2. Reptiles exóticos: serpientes, iguanas, lagartos, camaleones, geckos.
  3. Roedores: conejos, cobayas, chinchillas, ratones y hámsteres, se consideran especies invasoras.
  4. Cerdos vietnamitas: suponen un peligro por superpoblación.
  5. Tortugas: son especies muy competitivas con otras a la hora de sobrevivir en un entorno.
  6. Erizos: son peligrosas para otras especies autóctonas.
  7. Arañas: pueden llegar a ser mortales para los seres humanos.

¿QUÉ PUEDES HACER SI YA ERES DUEÑO DE UN ANIMAL PROHIBIDO?

En caso de que seas ya propietario de un animal prohibido cuando la ley entre en vigor, tienes como obligación comunicarlo ante la autoridad competente de tu localidad. Seguirá teniendo la condición de animal de compañía, pero deberás registrarla apropiadamente. En un futuro se establecerá el protocolo a seguir más detalladamente, cuando la ley sea publicada.

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